D
PROCEDIMIENTO
Paso a Paso
Procedimiento Registro o inscripción de empresas o instituciones exportadoras en la oficina Administrativa CITES
Paso
Descripción
1.
El solicitante deberá presentar para el “registro o inscripción de empresas o instituciones exportadoras” la carta de solicitud dirigida Viceministro de Medio Ambiente y Biodiversidad, Cambio Climático y de Gestión y Desarrollo Forestal a través de Ventanilla Única del Ministerio de Medio Ambiente y Agua. (Dirección Av. 14 de Septiembre, calle 8, Zona de Obrajes – La Paz), adjuntando los siguientes documentos:
Reguisitos Generales
Reguisitos Generales
- a.Carta de solicitud dirigida a la Dirección General de Biodiversidad y Áreas Protegidas
- b.Fotocopia del Testimonio de Constitución o documentación que refrende la legal creación de la misma (en caso de personas jurídicas)
- c.Fotocopia legalizada del Poder representante legal, si corresponde (en caso de personas jurídicas)
- d.Fotocopia de la Cedula de Identidad del Titular de la empresa (en caso de personas unipersonales)
- e.Fotocopia de Certificado de inscripción del NIT
- f.Fotocopia del Registro Único del Exportador emitido por SENAVEX (vigente)
- g.Fotocopia simple SEPREC
- h.Boleta original de depósito bancario al Banco Unión Cuenta No 1-3517288 MMAYA-CITES (Bs. 150) con una validez de 90 días calendarios
Requisitos Específicos
- i.Copia de Certificado de inscripción en la Red de Cuero y Carne de lagarto otorgado por el Programa de Conservación y Aprovechamiento Sostenible de lagarto (Caimán yacaré) de la gestión en curso, emitido por el MMAYA – Dirección General de Biodiversidad y Áreas protegidas
2.
En la Hoja de ruta otorgada para la prosecución del trámite debe solicitar la emisión del sello de RECIBIDO, para efectuar el seguimiento correspondiente (Opcional).
3.
PPosterior a las 72 horas de presentada la solicitud, el representante legal podrá recoger el Certificado de registro o inscripción de la empresa exportadora o la nota de rechazo, de las oficinas de la Dirección General de Biodiversidad y Áreas Protegidas dependiente del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambio Climático y de Gestión y Desarrollo Forestal (Dirección: Av. Costanerita, calle 6, Zona de Obrajes – La Paz).
PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DE CERTIFICADOS CITES.
1.
Presentar los siguientes documentos para la emisión de certificado CITES, dirigido al Viceministro de Medio Ambiente y Biodiversidad, Cambio Climático y de Gestión y Desarrollo Forestal a través de Ventanilla Única del Ministerio de Medio Ambiente y Agua. (Dirección Av. 14 de Septiembre, calle 8, Zona de Obrajes – La Paz):
- Requisitos Generales
- Carta de solicitud dirigida a la Autoridad Administrativa CITES, Dirección General de Biodiversidad y Áreas Protegidas
- Boleta de depósito bancario Banco Unión Cuenta No 1-3517288 MMAYA-CITES por Bs. 280 con una validez de 60 días calendario
Requisitos específicos para Subproductos y productos derivados de animales incluidas en los apéndices CITES (fibra, cueros o piel, carne, huesos y otros) en materia prima o elaborada como producto final terminado
- Acta de informe de precintado de cuero de lagarto emitido por la gobernación a cargo
- Informe de estándares de rendimiento para productos semi procesados y/o terminados emitido por la empresa solicitante
- Lista de empaque (cuando corresponda)
- Fotocopia simple de factura comercial, en el que consta la descripción del producto y costo referencial de la transacción
2.
En la Hoja de ruta otorgada para la prosecución del trámite debe solicitar la emisión del sello de RECIBIDO, para efectuar el seguimiento correspondiente (opcional).
3.
Posterior a las 72 horas de presentada la solicitud, el representante legal podrá recoger el Certificado CITES o la nota con observaciones o rechazo del trámite, de las oficinas de la Dirección General de Biodiversidad y Áreas Protegidas dependiente del Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambio Climático y de Gestión y Desarrollo Forestal (Dirección: Av. Costanerita, calle 6, Zona de Obrajes – La Paz).
4.
En caso de observaciones, el solicitante deberá subsanar las mismas en el plazo de 48 horas.
SUSTITUCIÓN DE CERTIFICADOS CITES.
La solicitud de sustitución de Certificados CITES debe ser dirigida a la Autoridad Administrativa Competente CITES documentalmente respaldada y únicamente será procedente de concurrir alguna de las siguientes causales:
- Cambio de destinatario.
- Vencimiento de fecha, atribuido a factores ajenos al solicitante ( en la solicitud deberá presentar preferentemente el ejemplar original).
- Cambio de puerto de exportación.
- Aclaración de algún campo del Certificado CITES.
- Pérdida o extravío del Certificado CITES.
- Fraccionamiento de los especímenes objeto de la operación.
La Sustitución de Certificados CITES, sólo podrá realizarse por tres oportunidades, debiendo constar la sustitución efectuada en el Certificado sustituido. La sustitución estará sujeta a los costos y/o sanciones económicas que correspondan.
Para la sustitución de Certificados CITES en caso de extravío, la solicitud debe ser acompañada de los siguientes documentos:
Para la sustitución de Certificados CITES en caso de extravío, la solicitud debe ser acompañada de los siguientes documentos:
- a.Copia original de las publicaciones del extravío del Permiso CITES por 3 días consecutivos en un medio de prensa impresa de difusión nacional, la publicación debe incluir el número y la fecha de expedición del Certificado CITES extraviado.
- b.Copia original de la boleta de depósito bancario.
- c.En caso de que el extravío del certificado CITES haya sucedido durante su traslado al país de importación, debe anexarse la documentación de Aduana que respalda dicho acontecimiento. Artículo 27 (Costo de la sustitución de Certificado CITES). Para la primera y segunda sustitución, el costo se duplicará respecto al valor del Certificado CITES original y para la tercera sustitución, se triplicará el costo del Certificado originalmente emitido.