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PROCEDIMIENTO
Resolución Administrativa de Licencia Previa de Importación
Paso a Paso
Paso
Descripción
1.
La empresa (Laboratorio Industrial Farmacéutico e Importadora de Medicamentos) debe estar registrada ante la AGEMED y contar con el Registro Sanitario del medicamento a importar.
2.
El regente farmacéutico debe ingresar al sistema VUCE (www.vuce.gob.bo) con Ciudadanía Digital (usuario y contraseña otorgada por Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías De Información y Comunicación – AGETIC).
3.
Ingresado al sistema VUCE el regente farmacéutico debe seleccionar el trámite que requiere solicitar (Resolución Administrativa de Licencia Previa de Importación (Autorización Previa) para Sustancias Controladas), posteriormente procede a seleccionar la opción “Iniciar Solicitud”.
4.
Registra los datos y adjunta los documentos requeridos en el Formulario de Solicitud, una vez realizada esta acción envía la solicitud. El sistema VUCE generará un número de solicitud.
5.
Enviada la solicitud a través del sistema VUCE se generará un número de solicitud y se habilitará el código de pago CPT (pasarela de pago), en la bandeja de “Mis solicitudes”.
6.
Una vez realizado el pago, se procederá a la admisión de la solicitud y revisión por parte del profesional técnico de AGEMED.
7.
Posterior a la evaluación se emitirá un dictamen:
- Aprobado, se continua con el procedimiento para la emisión de Resolución Administrativa de Licencia Previa de Importación de Sustancias Controladas
- Observado, en caso de la omisión de algún requisito o de existir discrepancias, se registra la observación, la cual será visualizada en el sistema VUCE en la bandeja de “Mis solicitudes”, para su subsanación correspondiente en una única oportunidad.
- Rechazado, en caso de incumplimiento de requisitos rechaza, debiendo ingresar una nueva solicitud.
8.
Solo después de la aprobación documental y técnica, se habilitará el segundo pago, a fin de que el solicitante realiza el pago, correspondiente al servicio de emisión de la Resolución (Arancel N° 119: Por la Resolución Administrativa de Licencia Previa de Importación de Productos Controlados, Psicotrópicos o Estupefacientes. Monto: Bs. 25,00).
9.
El Profesional a cargo de la revisión del trámite elaborará el informe técnico correspondiente en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, contados a partir del dictamen de aprobación que se derivará a la División de Asuntos Jurídicos.
10.
La División de Asuntos Jurídicos quienes procederán con la elaboración del Informe Legal, para la emisión de la Resolución Administrativa.
11.
La Dirección General Ejecutiva aprobará y firmará la Resolución Administrativa.
Nota.- La AGEMED tiene un plazo de hasta 15 días hábiles para emitir la Resolución, contados a partir de la verificación del pago y del cumplimiento de todos los requisitos exigidos.