B
REQUISITOS
Requisitos
1.
REQUISITOS DE IMPORTACIÓN PRODUCTOS REFINADOS REGULADOS.
2.
Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la ANH indicando nombre, nacionalidad, domicilio legal ubicado dentro del radio urbano del asiento de la ANH u oficina Regional.
3.
Testimonio del Contrato suscrito entre YPFB y el solicitante para la importación de productos refinados regulados, en el que se establezca la responsabilidad ante la ANH por la operación y administración del contrato de importación. YPFB queda exceptuada de la presentación de este requisito cuando actúe por sí misma. Estar registrado
4.
Estar registrado en el Sistema SIREHIDRO.
5.
Declaración jurada ante Juez de Instrucción en lo Civil, en la que conste que la documentación e información proporcionada es fidedigna y será respetada por el solicitante durante la vigencia de la autorización.
6.
Póliza de seguro de responsabilidad civil general por un monto mínimo asegurado por $us.50.000- (Cincuenta mil Dólares de los Estados Unidos de Norte América) con vigencia mínima de un año calendario.
7.
Certificado de calidad de origen otorgado por el fabricante, homologado por un organismo de certificación reconocido por el país de origen y por IBNORCA, que indique explícitamente que el producto cumple con la calidad establecida en el Reglamento de Cali
8.
Partidas arancelarias NANDINA correspondientes a cada producto.
9.
Compañía proveedora, indicando su dirección.
10.
Declaración del destino final o mercado de los productos (indicar departamento, provincia y municipio)
11.
Declaración de las rutas de internación (país de origen, frontera de internación y destino final).
12.
Declaración de la modalidad de transporte: en camiones cisternas, cisternas ferroviarias y barcazas.
13.
Declaración del volumen aproximado mensual de importación, para cada modalidad indicada en el punto anterior.
14.
Descripción de facilidades o instalaciones con las que cuenta el solicitante para su actividad, sistemas de almacenamiento, recepción, distribución y comercialización, además de los sistemas de seguridad.
15.
REQUISITOS DE IMPORTACIÓN PRODUCTOS REFINADOS NO REGULADOS.
16.
Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la ANH indicando nombre, nacionalidad, domicilio legal ubicado dentro del radio urbano del asiento de la ANH u oficina Regional.
17.
Estar registrado en el Sistema SIREHIDRO a través del enlace https://ppa3vrsger02p.anh.gob.bo:9343/H201Y7070D4/Sitio/
Persona/wfAutenticacion.aspx
Persona/wfAutenticacion.aspx
18.
Solicitud dirigida al Superintendente indicando nombre y domicilio legal ubicado dentro del radio urbano del asiento de la Superintendencia u oficina Regional
19.
Copia de la Resolución Administrativa de inscripción en el Registro Nacional de Empresas de la Superintendencia.
20.
Declaración Jurada ante Juez de Instrucción en lo Civil, en la que conste que la documentación e información proporcionada es fidedigna y será respetada por el solicitante durante la vigencia de la autorización.
21.
Para diésel oíl se requerirá el Certificado de Calidad de origen otorgado por el fabricante homologado por un organismo de certificación reconocido por el país de origen y por IBNORCA, que indique explícitamente que el producto cumple con lo establecido e
22.
Marca comercial.
23.
Partidas arancelarias NANDINA correspondientes a cada producto.
24.
Compañía proveedora, indicando su dirección.
25.
Declaración del destino final o mercado de los productos (indicar departamento, provincia y municipio)
26.
Declaración de las rutas de internación (origen, frontera de internación y destino final)
27.
Declaración de la modalidad de transporte: en tambores y/o envases menores.
28.
Declaración del volumen aproximado mensual de importación, para cada modalidad indicada en el inciso anterior.
29.
REQUISITOS DE IMPORTACIÓN PRODUCTOS REFINADOS REGULADOS Y NO REGULADOS PARA CONSUMO PROPIO.
30.
Solicitud dirigida al Director Ejecutivo de la ANH indicando nombre, nacionalidad, domicilio legal ubicado dentro del radio urbano del asiento de la ANH u oficina Regional.
31.
Estar registrado en el Sistema SIREHIDRO a través del enlace https://ppa3vrsger02p.anh.gob.bo:9343/H201Y7070D4/Sitio/
Persona/wfAutenticacion.aspx
Persona/wfAutenticacion.aspx
32.
Solicitud dirigida al Superintendente indicando nombre y domicilio legal ubicado dentro del radio urbano del asiento de la Superintendencia u oficina Regional
33.
Copia de la Resolución Administrativa de inscripción en el Registro Nacional de Empresas.
34.
Declaración Jurada ante Juez de instrucción en lo Civil, en la que conste que el producto a ser importado será destinado exclusivamente para consumo propio, y que la documentación e información proporcionada es fidedigna y será respetada por el solicitant
35.
Certificado de calidad de origen otorgado por el fabricante, homologado por un organismo de certificación reconocido por el país de origen y por IBNORCA, que indique explícitamente que el producto cumple con la calidad establecida en el Reglamento de Cali
36.
Para los productos refinados regulados establecidos en el Articulo 3 del presente Decreto Supremo, se requerirá el Certificado de Calidad de origen otorgado por el fabricante, homologado por un organismo de certificación reconocido por el país de origen y
37.
Para aceites automotrices para motores a gasolina, aceites automotrices para motores a diésel oíl y aceites para engranajes y transmisiones de uso automotor, se requerirá el Certificado de Calidad de origen otorgado por el fabricante homologado por un org
38.
Marca comercial para lubricantes, si corresponde
39.
Partidas arancelarias NANDINA correspondientes a cada producto.
40.
Compañía proveedora, indicando su dirección.
41.
Declaración del destino final de los productos (indicar departamento, provincia y municipio)
42.
Declaración de las rutas de internación (origen, frontera de internación y destino final).
43.
Declaración de la modalidad de transporte: Para Carburantes y GLP: en camiones cisternas, cisternas ferroviarias y/o barcazas. Para Lubricantes: en tambores y/o envases menores.
44.
Declaración del volumen aproximado mensual de importación, para cada modalidad indicada en el inciso anterior.
45.
Descripción de facilidades o instalaciones con las que cuenta el solicitante para su actividad, sistemas de almacenamiento, recepción, distribución, además de los sistemas de seguridad.