A
INFORMACIÓN DEL DOCUMENTO
Información del Documento
Operación
Importación
Documento
Certificado
Denominación
Permiso Zoosanitario de importación de pelambres en kg piezas/Certificación
Emisor
Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria
Costo
Las tasas aplicables se encuentran detalladas en el Anexo de la ley N° 830 de 06 de septiembre del 2016 El cálculo de la tasa se encuentra en el siguiente enlace: https://paititi.senasag.gob.bo/liquidador/index.php? Qnd4mOk R9WF7 uwR +QS8IJ8GTnBAC0k1qZR9NkO t1iMgZ85E7ZCvOoI8mnh Dwb22t rGa/9Ts n6 D0aD4dPGerEnA==GlBbKO
Vigencia
Permiso:
• 60 días hábiles una vez emitido el Permiso cuando sea transportada por vía terrestre o aérea
• 90 días hábiles cuando sea transportada vía marítima /terrestre.
Certificado:Sin plazo
• 60 días hábiles una vez emitido el Permiso cuando sea transportada por vía terrestre o aérea
• 90 días hábiles cuando sea transportada vía marítima /terrestre.
Certificado:Sin plazo
Forma de pago
Transferencia, Depósito Bancario o Código QR a través de Código CPT a la cuenta N° 1-1053094 del Banco Unión a nombre de SENASAG
Mercancías
CÓDIGO
DESCRIPCIÓN DE LA MERCANCIA
05.11
Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los Capítulos 1 o 3, impropios para la alimentación humana.
- Los demás:
0511.99.90.90
- - - - Los demás
41.01
Cueros y pieles en bruto, de bovino (incluido el búfalo) o de equino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos.
4101.50.00.00
- Cueros y pieles enteros, de peso unitario superior a 16 kg
4101.90.00.00
- Los demás, incluidos los crupones, medios crupones y faldas
41.02
Cueros y pieles en bruto, de ovino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por la Nota 1 c) de este Capítulo.
4102.10.00.00
- Con lana
- Sin lana (depilados):
4102.21.00.00
- - Piquelados
4102.29.00.00
- - Los demás
41.03
Los demás cueros y pieles en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por las Notas 1 b) o 1 c) de este Capítulo.
4103.30.00.00
- De porcino
4103.90.00.00
- Los demás
41.04
Cueros y pieles curtidos o «crust», de bovino (incluido el búfalo) o de equino, depilados, incluso divididos pero sin otra preparación.
- En estado húmedo (incluido el «wet-blue»):
4104.11.00.00
- - Plena flor sin dividir; divididos con la flor
4104.19.00.00
- - Los demás
- En estado seco («crust»):
4104.41.00.00
- - Plena flor sin dividir; divididos con la flor
4104.49.00.00
- - Los demás
41.05
Pieles curtidas o «crust», de ovino, depiladas, incluso divididas pero sin otra preparación.
4105.10.00.00
- En estado húmedo (incluido el «wet-blue»)
4105.30.00.00
- En estado seco («crust»)
41.06
Cueros y pieles depilados de los demás animales y pieles de animales sin pelo, curtidos o «crust», incluso divididos pero sin otra preparación.
- De caprino:
4106.21.00.00
- - En estado húmedo (incluido el «wet-blue»)
4106.22.00.00
- - En estado seco («crust»)
- De porcino:
4106.31.00.00
- - En estado húmedo (incluido el «wet-blue»)
4106.32.00.00
- - En estado seco («crust»)
- Los demás:
4106.91.00.00
- - En estado húmedo (incluido el «wet-blue»)
4106.92.00.00
- - En estado seco («crust»)
41.07
Cueros preparados después del curtido o del secado y cueros y pieles apergaminados, de bovino (incluido el búfalo) o equino, depilados, incluso divididos, excepto los de la partida 41.14.
- Cueros y pieles enteros:
4107.11.00.00
- - Plena flor sin dividir
4107.12.00.00
- - Divididos con la flor
4107.19.00.00
- - Los demás
- Los demás, incluidas las hojas:
4107.91.00.00
- - Plena flor sin dividir
4107.92.00.00
- - Divididos con la flor
4107.99.00.00
- - Los demás
41.15
Cuero regenerado a base de cuero o fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas; recortes y demás desperdicios de cuero o piel, preparados, o de cuero regenerado, no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrín, polvo y harina de cuero.
4115.10.00.00
- Cuero regenerado a base de cuero o fibras de cuero, en placas, hojas o tiras, incluso enrolladas
4115.20.00.00
- Recortes y demás desperdicios de cuero o piel, preparados, o de cuero regenerado, no utilizables para la fabricación de manufacturas de cuero; aserrín, polvo y harina de cuero
43.01
Peletería en bruto (incluidas las cabezas, colas, patas y demás trozos utilizables en peletería), excepto las pieles en bruto de las partidas 41.01, 41.02 o 41.03.
4301.10.00.00
- De visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas
4301.30.00.00
- De cordero llamadas astracán, «Breitschwanz», «caracul», «persa» o similares, de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tíbet, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas
4301.80.00.00
- Las demás pieles, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas
4301.90.00.00
- Cabezas, colas, patas y demás trozos utilizables en peletería
43.02
Peletería curtida o adobada (incluidas las cabezas, colas, patas y demás trozos, desechos y recortes), incluso ensamblada (sin otras materias), excepto la de la partida 43.03.
- Pieles enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas, sin ensamblar:
4302.11.00.00
- - De visón
4302.19.00.00
- - Las demás
4302.20.00.00
- Cabezas, colas, patas y demás trozos, desechos y recortes, sin ensamblar
4302.30.00.00
- Pieles enteras y trozos y recortes de pieles, ensamblados
51.01
Lana sin cardar ni peinar.
- Lana sucia, incluida la lavada en vivo:
5101.11.00.00
- - Lana esquilada
5101.19.00.00
- - Las demás
- Desgrasada, sin carbonizar:
5101.21.00.00
- - Lana esquilada
5101.29.00.00
- - Las demás
5101.30.00.00
- Carbonizada
51.02
Pelo fino u ordinario, sin cardar ni peinar.
- Pelo fino:
5102.11.00.00
- - De cabra de Cachemira
5102.19
- - Los demás:
5102.19.10.00
- - - De alpaca o de llama
5102.19.20.00
- - - De conejo o de liebre
5102.20.00.00
- Pelo ordinario
51.03
Desperdicios de lana o de pelo fino u ordinario, incluidos los desperdicios de hilados, excepto las hilachas.
5103.10.00.00
- Borras del peinado de lana o pelo fino
5103.20.00.00
- Los demás desperdicios de lana o pelo fino
5103.30.00.00
- Desperdicios de pelo ordinario
5104.00.00.00
Hilachas de lana o de pelo fino u ordinario.
51.05
Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la «lana peinada a granel»).
5105.10.00.00
- Lana cardada
- Lana peinada:
5105.21.00.00
- - «Lana peinada a granel»
5105.29
- - Las demás:
5105.29.10.00
- - - Enrollados en bolas («tops»)
5105.29.90.00
- - - Las demás
- Pelo fino cardado o peinado:
5105.31.00.00
- - De cabra de Cachemira
5105.39
- - Los demás:
5105.39.10.00
- - - De alpaca o de llama
5105.39.90.00
- - - Los demás
5105.40.00.00
- Pelo ordinario cardado o peinado
51.06
Hilados de lana cardada sin acondicionar para la venta al por menor.
5106.10.00.00
- Con un contenido de lana superior o igual al 85 % en peso
5106.20.00.00
- Con un contenido de lana inferior al 85 % en peso
51.07
Hilados de lana peinada sin acondicionar para la venta al por menor.
5107.10.00.00
- Con un contenido de lana superior o igual al 85 % en peso
5107.20.00.00
- Con un contenido de lana inferior al 85 % en peso
51.08
Hilados de pelo fino cardado o peinado, sin acondicionar para la venta al por menor.
5108.10.00
- Cardado:
5108.10.00.20
- - De alpaca
5108.10.00.90
- - Los demás
5108.20.00
- Peinado:
5108.20.00.20
- - De alpaca
5108.20.00.90
- - Los demás
51.09
Hilados de lana o pelo fino, acondicionados para la venta al por menor.
5109.10.00
- Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85 % en peso:
5109.10.00.10
- - De alpaca
5109.10.00.90
- - Los demás
5109.90.00
- Los demás:
5109.90.00.10
- - De alpaca
5109.90.00.90
- - Los demás
5110.00
Hilados de pelo ordinario o de crin (incluidos los hilados de crin entorchados), aunque estén acondicionados para la venta al por menor.
5110.00.10.00
- Sin acondicionar para la venta al por menor
5110.00.90.00
- Los demás
Enlace sistema
Plazo de emisión
Permiso Presencial: 48 horas, a partir de la recepción de la solicitud.
Digital: 24 horas, a partir de la recepción de la solicitud.
Plazo de emisión del Certificado:Inmediato si cumple con todos los requisitos, y 24 a 48 horas para regularizar la documentación observada.
Digital: 24 horas, a partir de la recepción de la solicitud.
Plazo de emisión del Certificado:Inmediato si cumple con todos los requisitos, y 24 a 48 horas para regularizar la documentación observada.
Tipo de trámite
Permiso:Presencial y Virtual
Certificado: Presencial
Certificado: Presencial