D
PROCEDIMIENTO
Certificado de Inspección – Mercancías que no contienen Sustancias Agotadoras de Ozono (Formato Digital).
Paso a Paso
Paso
Descripción
1.
El cliente, realiza su solicitud a través de la plataforma de la VUCE www.vuce.gob.bo.
2.
El cliente identifica la Administración de Aduanas y registra el o los PRMs de la mercancía que requiera el Certificado de Inspección (ubicados dentro del mismo recinto aduanero).
3.
El cliente transcribe los datos de los equipos de frío, datos del personal designado para la inspección y adjunta los documentos correspondientes, descritos en el numeral B. de la presente Ficha.)
4.
El técnico de IBMETRO asignado procede con la revisión de la documentación presentada por el cliente, si no existen observaciones autoriza el pago del servicio. Si existen observaciones, mediante sistema comunica al cliente para que subsane las mismas en el menor tiempo que le sea posible.
5.
El cliente efectúa el pago a través de la pasarela de pagos, consignando la información correspondiente para la emisión de la factura electrónica.
6.
Una vez realizado el pago se remitirá la factura electrónica al correo registrado para el efecto.
7.
El técnico de IBMETRO asignado:
- Programa la inspección que es comunicada a través de la plataforma de la VUCE.
- Realiza la inspección in situ junto al personal designado por el usuario o Agencia Despachante de Aduana, llenando en su totalidad el protocolo de inspección, con las firmas del técnico de IBMETRO y del personal designado.
- Verifica la trazabilidad de la documentación y el protocolo de inspección, si no existen observaciones, emite el Certificado de Inspección – Mercancías que no contienen Sustancias Agotadoras de Ozono. Si existen observaciones, mediante sistema comunica al cliente para que subsane las mismas en el menor tiempo que le sea posible.
8.
El cliente verifica la emisión del Certificado a través de la plataforma de la VUCE, documento que podrá ser utilizado como documento soporte para el Despacho Aduanero.