D
PROCEDIMIENTO
Paso a Paso
Paso
Descripción
1.
La empresa debe estar registrada ante la Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ), contando con la licencia correspondiente para la importación de máquinas y/o mesas de juego de azar, sus partes y piezas.
2.
El operador o representante legal autorizado debe ingresar al sistema VUCE (www.vuce.gob.bo) utilizando Ciudadanía Digital o usuario SUMA (proveedor de identidad proporcionado por la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación – AGETIC o La Aduana Nacional).
3.
Una vez dentro del sistema VUCE, el usuario debe buscar el AP con código IM-040 o con el nombre “Autorización Previa de Importación”, y proceder a seleccionar la opción “Iniciar Solicitud”.
4.
El usuario registra la información requerida y adjunta la documentación exigida en el Formulario Electrónico de Solicitud, conforme a la normativa vigente; una vez completado el registro, envía la solicitud, generándose automáticamente un número de trámite.
5.
Enviada la solicitud, en el sistema VUCE, el usuario podrá visualizar la solicitud enviada en la bandeja de “Mis Solicitudes”. Asimismo, dicha solicitud es transmitida por el sistema VUCE a la AJ para su revisión y evaluación técnica por parte del personal competente.
6.
Concluida la evaluación, la AJ emite los siguientes resultados a través del sistema VUCE:
- Aprobado: Procede con la emisión de la Autorización Previa de Importación (digital), es decir cuando en la bandeja de “Mis Certificados” se encuentre en estado “Emitido”, el importador podrá visualizar el documento digital, seleccionando el botón “Ver”...
- Observado: en caso de omisión de requisitos o inconsistencias, se registra la observación, la cual será notificada en la bandeja de “Mis Solicitudes” para su subsanación dentro del plazo establecido.
- Rechazado: en caso de incumplimiento de requisitos, se rechaza la solicitud, debiendo el usuario iniciar un nuevo trámite.
Nota.- La Autoridad de Fiscalización del Juego (AJ) contará con un plazo de hasta cinco (5) días hábiles para emitir la Resolución correspondiente, computables a partir de la presentación de la solicitud y del cumplimiento de todos los requisitos exigidos.