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D

PROCEDIMIENTO

Paso a Paso

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUDES DE CFE DE FORMA PRESENCIAL (R.A. 163/2005)

Paso
Descripción
1.
El usuario debe realizar su Registro Fitosanitario de Sanidad Vegetal ante SENASAG, cumpliendo las formalidades establecidas para el efecto
2.
El usuario realiza la solicitud de Certificado Fitosanitario de Exportación a través de Nota en la Oficina de La Jefatura Departamental del SENASAG, adjuntando:
  • a.Formulario de Solicitud, el cual debe ser obtenido en la Oficina de La Departamental del SENASAG
  • b.Permiso Fitosanitario de Importación o los requisitos fitosanitarios exigidos por el país destino (en original). En caso de no contar con los requisitos fitosanitarios del país importador, el Encargado de Registro y Certificación solicita a la Unidad Nacional de Sanidad Vegetal, quien a su vez solicitara de forma oficial la información requerida a la ONPF del país de destino
  • c.Factura comercial de exportación (en original)
  • d.Lista de empaque (en original)
3.
El Encargado de Registro y Certificación verifica el cumplimiento de requisitos fitosanitarios, de no identificar observaciones emite el Formulario de Liquidación. De identificar observaciones el Encargado de Registro y Certificación se comunica con el usuario para que este se apersone y efectué las subsanaciones correspondientes
4.
El usuario con base el Formulario de Liquidación realiza el pago a través de transferencia, depósito bancario, código de pago CPT o código QR
5.
Realizado el pago por concepto de inspección a exportaciones y servicios por exportación, presenta el Formulario de Liquidación y las Constancias de Pago en la Oficina Departamental de SENASAG
6.
El Encargado de Registro y Certificación coordina con el interesado, lugar y fecha de inspección fitosanitaria de la mercancía y asigna la inspección a un profesional del SENASAG
7.
El personal asignado realiza la inspección y muestreo para la verificación del Estado Fitosanitario del producto, emitiendo un informe técnico de inspección fitosanitaria, adjuntando el acta de muestreo
8.
De acuerdo a los requisitos exigidos por el país de destino, el usuario entrega la muestra al laboratorio acreditado por SENASAG
9.
El resultado del análisis de laboratorio debe ser presentado por el usuario a SENASAG
10.
De acuerdo a los resultado del análisis de laboratorio el inspector si determina la existencia de plagas cuarentenarias para el país de destino, en cuyo caso informa al Encargado de registro y certificación el rechazo de la emisión del Certificado Fitosanitario de Exportación adjuntando el Acta de Rechazo. De no existir plagas cuarentenarias el Encargado de Registro y Certificación emite el Certificado Fitosanitario de Exportación
11.
Si resultado de la inspección se identifica observaciones el trámite es enviado a readecuación o rechazo del producto por incumplimiento de los requisitos del país de destino
12.
Una vez emitido y firmado el Certificado Fitosanitario de Exportación el usuario deberá recoger el mismo a través de ventanilla de la Oficina Departamental de SENASAG

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUDES DE CFE EN LÍNEA (R.A. 0175/2015)

1.
El usuario debe realizar su Registro Fitosanitario de Sanidad Vegetal ante SENASAG, cumpliendo las formalidades establecidas para el efecto
2.
El usuario debe contar con una cuenta de usuario en el Sistema GRAN PAITITI, la cual deberá solicitar a través de una carta dirigida a la Jefatura Distrital del SENASAG de su jurisdicción, que debe estar firmada por el titular del registro sanitario, debiendo contener los siguientes datos:
  • Nombre completo
  • Número de cédula de identidad
  • Correo electrónico
  • Cargo que desempeña
  • Número de teléfono de la persona que será habilitada en el sistema
  • El usuario debe contar con todos los requisitos generales antes de generar el liquidador desde su cuenta
    • a.Carta de solicitud dirigida al Jefe Distrital del SENASAG, solicitando la certificación fitosanitaria para la exportación
    • b.Permiso Fitosanitario de Importación o los requisitos fitosanitarios exigidos por el país destino (en original)
    • c.Factura comercial de exportación (en original)
    • d.Lista de empaque (en original)
3.
El usuario genera el Formulario de Liquidación y realiza el pago de la inspección y el pago por el servicio ofrecido a través de transferencia, depósito bancario, código de pago CPT o código QR, los cuales serán presentados adjunto a la nota de solicitud
4.
El usuario a través del sistema GRAN PAITITI, deberá registrar el formulario de solicitud registrando la siguiente información:
  • a.Datos de la solicitud
  • b.Datos de la mercancía o producto a exportar
  • c.Datos de la boleta de depósito
  • d.Datos de la inspección (según corresponda)
5.
El usuario, imprime el Formulario de Solicitud, adjunta documentación complementaria (Boletas de depósito bancario por concepto de los servicios realizados, Factura Comercial, Lista de Empaque, AFIDI o PFI), y presenta en SENASAG la documentación al Encargado de Registro y Certificación Fitosanitaria, para que esta sea evaluada
6.
El Encargado de Registro y Certificación Fitosanitaria, verifica la documentación y que este debidamente llenada en el sistema Gran Paititi y considera lo siguiente:
  • a.Si cumple con todos los requisitos el SENASAG aprueba la información ingresada para la solicitud del Certificado
  • b.En caso de existir observaciones, se hará conocer al interesado para que sean subsanadas lo antes posible
7.
El Encargado de Registro y Certificación coordina con el interesado, lugar y fecha de inspección fitosanitaria de la mercancía y asigna la inspección a un profesional del SENASAG
8.
El personal asignado realiza la inspección y muestreo para la verificación del Estado Fitosanitario del producto, emitiendo un informe técnico de inspección fitosanitaria, adjuntando el acta de muestreo
9.
De acuerdo a los requisitos exigidos por el país de destino, el usuario entrega la muestra al laboratorio acreditado por SENASAG
10.
El resultado del análisis de laboratorio debe ser presentado por el usuario a SENASAG
11.
De acuerdo a los resultados del análisis de laboratorio, el inspector si determina la existencia de plagas cuarentenarias para el país de destino, en cuyo caso informa al Encargado de registro y certificación el rechazo de la emisión del Certificado Fitosanitario de Exportación adjuntando el Acta de Rechazo. De no existir plagas cuarentenarias el Encargado de Registro y Certificación emite el Certificado Fitosanitario de Exportación
12.
Si resultado de la inspección se identifica observaciones el trámite es enviado a readecuación o rechazo del producto por incumplimiento de los requisitos del país de destino
13.
Si toda la documentación es correcta, aprueba el Certificado y cambia el estado del registro a emitido en el Sistema GRAN PAITITI, estampa su firma y sello y lo remite al interesado
14.
Una vez emitido y firmado el Certificado Fitosanitario de Exportación el usuario deberá recoger el mismo a través de ventanilla de la Oficina Departamental de SENASAG