1.
Realizar la venta de “Oro” al Banco Central de Bolivia, cuando se requiera exportar Oro en bruto, semilabrado, en polvo o uso monetario que se clasifique bajo las subpartidas: 7108110000, 7108120000, 7108130000 y 7108200000. Realizada y concluida una venta de oro al Banco Central de Bolivia, la cantidad se reflejará en el saldo disponible (kg).
CERTIFICADO PARA LA EXPORTACIÓN DE ORO (MINERAL CONCENTRADO O DESPERDICIO DE ORO)