D
PROCEDIMIENTO
Paso a Paso
Paso
Descripción
1.
La empresa debe tramitar su registro y Licencia de Funcionamiento ante la AGEMED.
2.
El regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa, deben solicitar Orden de Pago por el ítem 119 y 141 para el trámite de Licencia Previa de Importación en las oficinas de AGEMED.
3.
El regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa, deben realizar el depósito a la cuenta Nº 10000023848754 del Banco Unión a nombre de AGEMED por el monto descrito en las Ordenes de Pago.
4.
El regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa, deben solicitar la facturación en oficinas de AGEMED, presentado las órdenes de pago y el comprobante de depósito o transferencia bancaria.
5.
El regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa, deben presentar e ingresar e ventanilla de AGEMED un folder con los siguientes documentos:
- Nota de solicitud de acuerdo a lo señalado en inciso B, numeral 5
- Memorial de acuerdo al formato establecido en el instructivo MS/AGEMED/AUMyT/AAVyC/2/2017, https://www.agemed.gob.bo/instructivo/2017/INS-2-2017.pdf
- Fotocopia de la factura proforma que contemple el nombre, dirección, origen del fabricante y exportador, así como la descripción del producto y cantidad.
- Fotocopia de la cédula de identidad del Regente Farmacéutico.
- Fotocopia de matrícula profesional del Regente Farmacéutico.
- Fotocopia del informe de movimientos del último trimestre correspondiente al producto de la solicitud.
- Copia de Orden de pago y factura por Resolución Administrativa de Licencia Previa de Importación de Productos Controlados, Psicotrópicos o Estupefacientes y Otros Servicios no Especificados (Nº 119 y 141) según Resolución Ministerial N°0265 de 25 de mayo de 2018.
6.
El Auxiliar de AGEMED de ventanilla, asignará una Hoja de Ruta al trámite de Licencia Previa de Importación, para el seguimiento a realizar por el regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa.
7.
La Hoja de Ruta del trámite de Licencia Previa de Importación es designado a los profesionales de Fiscalización de Sustancias Controladas, para la evaluación técnica.
8.
Los profesionales de Fiscalización de Sustancias Controladas, podrán emitir los siguientes dictámenes:
- Aprobado, se procede con la elaboración del informe técnico y compromiso de sustancias controladas.
- Observado, en casos de omisión de algún requisito o de existir discrepancias entre lo declarado en el Memorial y la información de la empresa registrada en la base de datos de la AGEMED, registro sanitario, documentación presentada para la solicitud, emitiéndose la observación correspondiente la cual está disponible en ventanilla de AGEMED, para su entrega y conocimiento del regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa, a efectos de la subsanación correspondiente.
9.
El regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa, deben realizar el seguimiento con la Hoja de Ruta posterior a los tres días hábiles de ingresado la solicitud, a fin de verificar el estado del trámite de Licencia Previa de Importación.
10.
Cuando el estado del trámite de Licencia Previa de Importación este aprobado, el regente farmacéutico acreditado, debe verificar la información del informe técnico y en conformidad proceder con la firma del compromiso de sustancias controladas.
11.
El compromiso de sustancias controladas (con las firmas del Regente Farmacéutico y Jefatura del Departamento de Vigilancia y Control) y la Hoja de Ruta del trámite de Licencia Previa de Importación son derivados a la División Asuntos Jurídicos de la AGEMED.
12.
El personal de la División Asuntos Jurídicos de la AGEMED, realiza la entrega de un ejemplar de la Resolución Administrativa de Licencia Previa de Importación al regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa.
13.
El regente farmacéutico acreditado de la empresa, debe remitir la Resolución Administrativa de Licencia Previa de Importación a su proveedor con la apostilla correspondiente para que sea presentado a las Autoridades Competentes del País Exportador.
Aclaración: Cuando el estado del trámite de Licencia Previa de Importación este observado, el regente farmacéutico o gestores acreditados de la empresa, deben recoger la observación de ventanilla de AGEMED, para que pueda subsanar la observación e ingresar nuevamente con la misma Hoja de Ruta a fin de dar prosecución al trámite.